Debida diligencia de terceros


La debida diligencia de terceros es el proceso de investigación y verificación que una organización realiza sobre un proveedor, contratista o socio antes de vincularse con él, para conocer su identidad, su estructura de propiedad, sus antecedentes y su exposición a riesgos legales, de integridad y reputacionales.

Un proceso estándar comprende la identificación de la persona jurídica y de sus representantes, la determinación de la estructura societaria hasta el beneficiario final, la verificación contra listas de sanciones y listas restrictivas, la detección de personas expuestas políticamente, la revisión de antecedentes judiciales y regulatorios accesibles, y la búsqueda en fuentes abiertas.

Lo que la vuelve defendible no es la profundidad sino la consistencia y el registro. Una debida diligencia sin constancia de qué se consultó, cuándo y con qué resultado es, a efectos prácticos, una debida diligencia que no se hizo.

En Verdana: cada consulta, hallazgo y decisión queda registrada con fecha y responsable.