Gestión de terceros en Canadá


Última actualización: 19 de agosto de 2026

Canadá sumó en 2024 una obligación de reporte con nombre largo y consecuencia concreta: la ley contra el trabajo forzoso e infantil en cadenas de suministro exige a las entidades alcanzadas presentar un informe anual — antes del 31 de mayo — describiendo su estructura, su cadena de suministro y los procesos de debida diligencia sobre trabajo forzoso e infantil.

El deber legal es de divulgación, no de diligencia en sí — pero un informe vale lo que vale el legajo que lo respalda. Verdana mantiene ese legajo: clasificación de riesgo por proveedor y contratista, documentación de diligencia, historial de monitoreo, todo organizado por entidad y con fecha.

En anticorrupción, la CFPOA extiende la responsabilidad por soborno de funcionarios extranjeros a los actos hechos directa o indirectamente — lo que alcanza pagos canalizados por agentes o intermediarios actuando por la empresa en el exterior. La debida diligencia documentada sobre esos terceros corre por el mismo proceso que la de cualquier proveedor.

Canadá convive con Estados Unidos, Latinoamérica y Europa en la misma plataforma, con requisitos configurados por jurisdicción y una vista consolidada para la dirección.

Preguntas frecuentes

¿Quién debe reportar bajo la ley canadiense de cadenas de suministro?

Las entidades listadas en bolsa canadiense, o que hacen negocios o tienen activos en Canadá y superan al menos dos de tres pruebas de tamaño en uno de sus dos últimos ejercicios. El informe anual vence el 31 de mayo.

¿La ley exige hacer debida diligencia o solo reportarla?

El deber estatutario es reportar la estructura, la cadena de suministro y los procesos de diligencia existentes — no impone un programa específico. En la práctica, un informe creíble depende de tener registros reales de diligencia que describir.

¿La CFPOA alcanza a nuestros agentes en el exterior?

La responsabilidad se extiende a los actos hechos directa o indirectamente, lectura que la doctrina aplica a pagos canalizados por agentes o intermediarios que actúan por la empresa — la diligencia sobre ese agente pesa tanto como la conducta propia.